Casi dos meses han pasado desde que la Corte de Apelaciones de La Serena, en Chile, acogió la solicitud del Ministerio Público, declarando procedente la solicitud de extradición a Colombia de Larry Amaury Álvarez Núñez, más conocido como “Larry Changa”, uno de los líderes del “Tren de Aragua”.
El sujeto está imputado en Chile como autor del delito de asociación ilícita y dos delitos de secuestro contra un vendedor de la localidad de Los Vilos, región de Coquimbo, hechos perpetrados en septiembre de 2022 y entre septiembre y octubre de 2023.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del Tribunal de Alzada determinó que “se cumplen los requisitos establecidos en el tratado de extradición suscrito por ambos países”. Lo anterior, específicamente para solicitar la entrega del sujeto, quien se encuentra recluido en el recinto policial de Estación Los Mártires, en Bogotá, Colombia.
En ese sentido, la Corte resolvió oficiar al Ministerio de Relaciones Exteriores para que “practique las gestiones diplomáticas necesarias para obtener la extradición del imputado”.
Extradición en curso
Sobre esta situación, el experto en temas judiciales y exfiscal, Adrián Vega, explicó que los artículos 431 y siguientes del Código Procesal Penal Chileno describen el procedimiento de la extradición activa.
Este se activa cuando la Fiscalía Nacional imputa un delito a una persona que está en el extranjero, para lo cual se le formaliza en ausencia y en presencia de un defensor público. Luego, el juez de Garantía eleva los antecedentes para que la Corte de Apelaciones autorice la extradición.
“Este trámite ya está hecho en Chile, por lo que ahora corresponde que las autoridades colombianas decidan su traslado al país, mediando las coordinaciones respectivas. Por ello, la Fiscalía, a través de su Unidad de Relaciones Internacionales, está gestionando dicho traslado”, indicó el abogado.
Vega añadió que los plazos del caso dependerán de si existen procesos pendientes en Colombia en los que este individuo esté siendo investigado.
“Ha ocurrido en otras oportunidades que las autoridades del país respectivo tienen cargos pendientes contra el sujeto cuya orden de detención está en curso, y una vez terminado ese proceso, son trasladados al país que los requiere”, afirmó el exfiscal.
Por ello, el abogado reiteró que los tiempos de estos procesos son relativos.
“Puede que tenga delitos de tal gravedad que el país respectivo no lo entregue inmediatamente, porque consideren necesario llevar a cabo los procesos judiciales en el país donde fue detenido”, complementó.
Proceso en Colombia
En tanto, medios de comunicación colombianos informaron que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de Colombia maneja dos solicitudes de extradición de “Larry Changa” tanto por parte de Chile como de Venezuela.
Al respecto, se especula que el estudio de dicha causa en la Corte colombiana podría demorar aproximadamente un año.
De hecho, el último movimiento judicial de este caso se registró el pasado jueves 5 de septiembre, cuando se autorizó a los intervinientes para que formulen sus solicitudes probatorias.
El abogado suplente del proceso, Kalev Giraldo Escobar, en diálogo con el diario El Tiempo de Colombia, señaló que los procesos contra “Larry Changa” están recién en la etapa de pruebas.
“Después se pasa a la etapa de alegatos y, dependiendo del concepto de la Corte, el caso se traslada a Presidencia”, dijo.
No obstante, Giraldo destacó que el proceso de Chile es el que va más avanzado, ya que fue el que se inició primero. “Aunque todo dependerá de cómo se desarrollen las diferentes etapas en los procesos”, agregó.
“Los despachos decretarán pruebas para precisar su identidad, ya que Álvarez, en el momento de su captura, portaba una cédula falsa y se identificó como Víctor Miguel Moreno Álvarez, nombre con el que se movía por Colombia. Será indispensable que la Corte corrobore su identidad exacta”, explicó Giraldo.
La jugada de su abogado
Los medios colombianos señalaron además que el abogado de “Larry Changa” alegó que ya se había superado el plazo para que la Fiscalía General de la Nación expidiera la orden de captura con fines de extradición en su contra, lo que, según él, vulneraba su derecho a la libertad.
Sin embargo, la corte colombiana declaró “improcedente” el amparo, ya que, de acuerdo con la información suministrada por el Ministerio de Justicia y del Derecho, se pudo establecer que tanto la República de Chile como la República Bolivariana de Venezuela solicitaron formalmente la extradición de “Larry Changa” en el plazo respectivo.
Dos días después, la defensa del líder del “Tren de Aragua” impugnó la decisión, expresando su inconformidad y solicitando la revocación del fallo para ordenar su libertad inmediata.
No obstante, la Corte confirmó la sentencia del 2 de agosto, declarando improcedente el amparo invocado por Álvarez Núñez.
Fuente: Biobiochile
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