CorteIDH ordena restablecer frecuencia a RCTV

La CorteIDH dio por "probado que en el presente caso se configuru00f3 una restricciu00f3n indirecta al ejercicio del derecho a la libertad de expresiu00f3n"

La demanda indica que el cierre de la estación, que operaba desde 1953, se debió a que sus propietarios se negaron a cambiar su línea editorial crítica al Gobierno

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó ayer un fallo en el que condena al Estado venezolano y le ordena restablecer la frecuencia de Radio Caracas Televisión (RCTV), que no le fue renovada en el año 2007.

"El Estado deberá restablecer la concesión de la frecuencia del espectro radioeléctrico correspondiente al canal 2 de televisión y deberá devolver los bienes objeto de las medidas cautelares", indica la sentencia, notificada este lunes a las partes.

La CorteIDH dio por "probado que en el presente caso se configuró una restricción indirecta al ejercicio del derecho a la libertad de expresión producida por la utilización de medios encaminados a impedir la comunicación y circulación de la ideas y opiniones".

El caso se remonta al 28 de mayo de 2007, cuando el Gobierno del entonces presidente venezolano Hugo Chávez (1954-2013) decidió no renovar la concesión de RCTV, lo que provocó que el medio de comunicación dejara de transmitir como estación de televisión abierta.

La demanda indica que el cierre de la estación, que operaba desde 1953, se debió a que sus propietarios se negaron a cambiar su línea editorial crítica al Gobierno.

La CorteIDH determinó que el Estado violó el deber de no discriminación, el derecho al debido proceso, al de un plazo razonable en un contencioso y el derecho a ser oído de los propietarios y trabajadores de RCTV.

En la parte dispositiva de la sentencia, la CorteIDH ordena al Estado restablecer la concesión de la frecuencia de RCTV mediante un proceso "abierto, independiente y transparente".

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