El gobierno venezolano extendió hasta el 31 de diciembre las exoneraciones de impuestos a las importaciones para una amplia gama de productos.
Esta medida, oficializada en la Gaceta Oficial Nº 42.953 con fecha del 30 de agosto de 2024. Según, con ella se busca garantizar el abastecimiento de bienes esenciales, especialmente alimenticios, y fomentar la importación de insumos clave para impulsar la producción nacional.
La resolución abarca más de 2.400 códigos arancelarios y se ha implementado como una estrategia para mantener niveles adecuados de suministro en el mercado interno, reseña Banca y Negocios.
El decreto indica que los productos listados en el Anexo 1 —que incluye alrededor de 1.550 líneas de artículos principalmente importados por el sector privado— disfrutarán de una exoneración de 90% en el IVA y en los aranceles de importación.
Por otro lado, los bienes detallados en los Anexos 2, 3 y 4 estarán exentos 100 % de estos impuestos cuando las importaciones sean realizadas por entidades de la Administración Pública.
Además, para los códigos mencionados en el Anexo 2, la exoneración total también aplica a importaciones efectuadas “con recursos propios por personas naturales y jurídicas”, señala el medio.
¿Qué deberán hacer los importadores?
Para acceder a estos beneficios fiscales, los importadores deberán presentar un Certificado de No Producción Nacional o de Producción Nacional Insuficiente.
Este documento debe emitirlo el ministerio competente en materia de producción nacional y certificar que los bienes a importar no se producen en el país o se producen en cantidades insuficientes.
El decreto que extiende este régimen de exoneraciones fiscales entró en vigor el 1 de septiembre de 2024.
Esta prórroga es vista por analistas como un intento de aliviar las presiones inflacionarias y fortalecer la capacidad productiva del país en un contexto económico desafiante.
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