INTT fija nuevas normas para empresas de “delivery” y aplicaciones de envíos

Las empresas operadoras de reparto y las plataformas de encomiendas deberán cumplir con el Registro Nacional, seguros vigentes, certificación para sus conductores y la autorización del Ministerio de Transporte para mantener su permiso de operación

Foto: Agencias

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) fijó este martes 18 de agosto una serie de exigencias regulatorias de obligatorio cumplimiento para el sector de repartos a domicilio o “delivery” y las aplicaciones móviles de encomiendas que prestan servicio en el país.

Para tramitar la renovación anual de su permiso de operación, las empresas operadoras de reparto deben poseer el Registro Nacional del INTT y contar con una escuela de conductores regulada por la institución, la cual tiene la responsabilidad de emitir el certificado de aptitud para la conducción comercial.

De igual forma, estas compañías están obligadas a mantener vigentes tanto un seguro de responsabilidad civil como un seguro médico para el pasajero, además de someter sus unidades vehiculares a revisiones técnicas periódicas realizadas por peritos autorizados.

En el caso de las empresas propietarias de plataformas digitales, aplicaciones móviles de envíos y páginas web que afilian a choferes con vehículos propios o alquilados para traslados o encomiendas, el organismo precisó que estas entidades deben estar debidamente autorizadas por el Ministerio para el Transporte, en estricto apego a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley de Transporte Terrestre.

 

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