La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible una acción de amparo interpuesta contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) luego de que este no publicara los resultados desagregados de las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio.
Los magistrados consideraron este recurso como “temerario”, informó este martes 5 de noviembre el periodista Eligio Rojas a través de la red social X (antes Twitter).
La abogada Alejandra Díaz Marín, quien introdujo la acción de amparo, fue suspendida.
El TSJ también rechazó el pasado martes 15 de octubre otro recurso contra la convalidación que diera la Sala Electoral a la reelección de Nicolás Maduro como presidente en los últimos comicios, un resultado que fue señalado de “fraudulento” por la oposición y que no es reconocido por gran parte de la comunidad internacional.
En su página web, la Sala Constitucional del TSJ indicó que la solicitud de revisión de la convalidación del resultado de los comicios, dictada por la Sala Electoral, es inadmisible y se considera “cosa juzgada”, ya que días antes había rechazado un recurso similar.
Esta segunda solicitud, introducida por el excandidato presidencial Antonio Ecarri, del Movimiento Alianza del Lápiz, llegó al TSJ después de que el también excandidato Enrique Márquez pidiese a la Sala Constitucional revisar la decisión de los magistrados, de convalidar la polémica reelección de Maduro.
#ÚltimoMinuto Sala Constitutional del TSJ declaró inadmisible acción de amparo interpuesta contra el CNE y su presunta omisión en publicar resultados del 28J, recurso que los magistrados consideran temerario. La Sala igualmente suspendió a la abogada María Alejandra Díaz Marín pic.twitter.com/VY39UkD4xj
— Eligio Rojas (@ELESPINITO) November 5, 2024
¿Deseas recibir esta y otras noticias en tu celular? Únete a nuestro grupo de Telegram https://t.me/diariolaverdad o WhatsApp https://bit.ly/3kaCQXh. Además, sigue nuestro perfil en Instagram @diariolaverdad y en Facebook y Twitter @laverdadweb.