La Superintendencia del Sector Bancario, en compañía de la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (Unif), informaron a través de Twitter la nueva normativa por la que se regirán las transferencias que se realizan desde el exterior
El circular, con fecha del 2 de noviembre, explica cuáles son las transacciones que no requieren que los usuarios informen a la entidad bancaria que el usuario está fuera del país.
Los tipos de transacciones exoneradas de hacer el paso ante la institución bancaria son:
– Depósitos en cuenta
– Depósitos correspondientes al pago de pensiones del Seguro Social
– Transferencias electrónicas recibidas, sean propias o provenientes de terceros
– Pago de servicios como agua, teléfono y luz
– Transferencias electrónicas o pagos de tarjetas de crédito del titular en el mismo banco o en otro
– Adelanto de efectivo a cuenta desde la tarjeta de crédito
– Solicitud de créditos
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En agosto de 2018, Sudeban ordenó a las instituciones financieras del país a establecer nuevas limitaciones para el movimiento de cuentas radicadas en Venezuela desde el exterior..
En el oficio se le ordena a los bancos “informar a sus clientes que deberán notificar a la institución bancaria de sus viajes al exterior, indicando lugares de destino y tiempo de viaje”.
Antonio Morales, director de Sudeban, dijo en septiembre que la entidad ha bloqueado 316 cuentas de 20 instituciones bancarias por remeses ilegales.
La Superintendencia ordenó a la banca nacional bloquear las operaciones que se realicen desde el exterior a clientes que no hayan informado previamente su salida del país.