Sudeban aumenta límite mensual de movimientos en cuentas

Para las cuentas corrientes y de ahorro de nivel 1, la cantidad máxima a movilizar mensualmente se elevó de 700 a 1.000 veces, el tipo de cambio de mayor valor publicado por el BCV, mientras que las de nivel 2 podrán exceder este nuevo monto límite

La Superintendencia Nacional de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) incrementó el monto límite mensual autorizado para movilizar en cuentas corrientes y de ahorro abiertas en el sistema financiero nacional.

En el caso de estas cuentas de nivel 1, la cantidad máxima se elevó de 700 a 1.000 veces el tipo de cambio de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV), mientras que las de nivel 2 podrán exceder este nuevo monto límite.

La resolución SIB-II-GGR-GNP. 02207, fechada el 25 de marzo de 2025, establece los requisitos exigibles por las entidades financieras para cuentas corrientes y de ahorro de nivel 1 y 2.

“Con relación a las cuentas en moneda extranjera, se mantendrán los mismos requisitos, limitaciones y montos, de los niveles aquí determinados; de acuerdo con su equivalencia según el tipo de cambio establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV)”, señala la resolución.

Igualmente, la resolución deja claramente establecido que “para abrir cuentas bancarias de cualquier tipo, será requisito indispensable realizar una entrevista con el solicitante” que podrá efectuarse, de forma presencial o a través de los medios virtuales certificados por la Sudeban.

Además, “en este caso, la Institución Bancaria aplicará los procedimientos electrónicos o digitales necesarios para que el cliente suscriba posteriormente los documentos requeridos”.

El texto también explica que “quedan exceptuadas de este requisito, la apertura de cuentas por relaciones laborales, nóminas de trabajadores y trabajadoras, siempre y cuando los datos sean proporcionados formalmente por los patronos respectivos”.

Fuente: Banca y Negocios.

 

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