Este miércoles entra en vigencia el SOAT para transitar a Colombia

Foto: Agencias

Los conductores venezolanos que deseen ingresar a Colombia en vehículo particular necesitarán el SOAT que oscila entre los 90 y 330 dólares anuales

A partir de este miércoles 1 de febrero las personas podrán transitar a Colombia con vehículos con el permiso de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y la revisión tecnomecánica del automóvil.

El plazo de flexibilización fijado por las autoridades de Colombia y Venezuela para que los carros circularan sin su documentación por el Puente Atanasio Girardot, conocido como Tienditas, en Táchira, se venció este 31 de enero.

Jorge Díaz, secretario de Tránsito del Municipio de Villa del Rosario, resaltó que hasta el 15 de enero habían ingresado a Colombia más de 50.000 vehículos venezolanos y alrededor de 150.000 personas.

Valor de primas y beneficios del SOAT

El automovilista venezolano que desea ingresar a Colombia en vehículo particular necesitará el SOAT en el que oscila entre 90 y 330 dólares anuales.

Este seguro es una póliza que garantiza a todas las personas que sufran un accidente de tránsito sean atendidos inmediatamente y adecuadamente en cualquier establecimiento hospitalario o clínico de Colombia. 

Esta póliza es obligatoria para circular en el territorio colombiano y debe ser portado de forma obligatoria para motos, carros, vehículos de carga, de transporte público, oficiales y especiales, entre otros. 

En el caso de Venezuela, toda persona que desee ingresar a Colombia con su vehículo particular deberá presentar los siguientes documentos: 

  • Título de propiedad o documento de la autoridad venezolana que acredite la propiedad.
  • El SOAT o póliza de seguro equivalente, con las mismas características de amparo y cobertura.
  • Las placas identificadoras del país de origen y estar en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.
  • Si el vehículo ingresa por un período de tres meses o más, deberá contar con la revisión técnico-mecánica.
  • La licencia de conducir autorizada por la autoridad competente. 
  • Pasaporte de venezolano vigente o con vencimiento no superior a 10 años.
  • Contar con alguno de estos: cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso por Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF) u otro, según requiera la autoridad migratoria.

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