La organización Acceso a la Justicia afirmó este miércoles 16 de octubre que la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las oenegés y Organizaciones Sociales aprobada por la Asamblea Nacional (AN) electa en 2020 perjudica a los beneficiarios de asistencia humanitaria.
“El mayor perjuicio recae sobre las personas beneficiarias de la asistencia humanitaria y el acompañamiento que brindan las organizaciones de la sociedad civil”, sostuvo la oenegé en una nota de prensa publicada en su página web.
Acceso a la Justicia añadió que la población en situación de mayor vulnerabilidad corre el “riesgo de perder el apoyo que le ofrecen las organizaciones”.
La oenegé indicó que, tras un análisis del texto, concluyó que la ley es una norma “prioritariamente punitiva, que incluye graves imprecisiones que permiten una aplicación arbitraria”.
“Todo ello crea una situación de inseguridad jurídica que amenaza la existencia misma de organizaciones de la sociedad civil”, declaró.
La ley, prosiguió Acceso a la Justicia, suma “muchas y muy pesadas cargas” a las organizaciones sociales sin fines de lucro, “pero resta obligaciones estatales a efectos de garantizar derechos”.
“El Gobierno venezolano aspira a destruir el tejido social, que es un patrimonio colectivo y que nos ha permitido resolver problemas que el Estado no alcanza a solventar”, agregó.
El pasado 15 de agosto, la AN 2020 aprobó la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las oenegés y Organizaciones Sociales que prevé la disolución judicial de estas agrupaciones que violen las disposiciones establecidas en la normativa.
Las oenegés, de acuerdo a la nueva ley, tienen prohibido recibir aportes económicos destinados a organizaciones políticas o realizar aportes económicos a dichas formaciones, así como promover el “fascismo, la intolerancia o el odio”.
Establece como causales de disolución de estas asociaciones el incumplimiento de estas prohibiciones, declarado por decisión judicial, así como la falta de pago de cualquier multa impuesta “de conformidad con esta ley, una vez agotados los recursos judiciales disponibles”.
Las organizaciones no gubernamentales deberán, por ley, notificar “el financiamiento o donaciones” que reciban, a fin de “asegurar la licitud de los fondos”, además de declarar las “donaciones recibidas con plena identificación de los donantes, indicando si son nacionales o extranjeros, accidentales o permanentes”.
Corresponde al Gobierno el “seguimiento y control del cumplimiento” de los “deberes y prohibiciones” establecidos en la nueva legislación, para lo que, entre otras medidas, implementará y evaluará mecanismos que sirvan para estos fines.
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