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La enmienda puntea en la hoja de ruta que desarrolla la MUD. Existen dos propuestas de enmienda constitucional que reposan en la Secretaría de la Asamblea Nacional. Queda en manos de Henry Ramos Allup, presidente del Parlamento, definir qué día se presentará el tema a consideración de la plenaria.
La opción planteada por el partido Causa R prevé la modificación de cuatro artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El 230, 160, 174 y 264, que se refieren al período de mandato del Presidente, los gobernadores, alcaldes y magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
Piden que “la duración del período presidencial se reduzca de seis a cuatro años, que tanto el Presidente como los mandatarios regionales y alcaldes puedan reelegirse de forma consecutiva por un período y que se recorte el lapso de los magistrados de 12 a 6 años”, explicó a La Verdad vía telefónica el miembro de la dirección nacional de la Causa R, Andrés Velásquez.
La segunda alternativa también solicita cambios al artículo 230 con el objetivo de acortar el mandato del jefe de Estado, pero incluye modificaciones al tercer parágrafo del 233 para establecer que “si la falta absoluta del Presidente o la Presidenta de la República se produce durante los primeros dos (2) años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los 30 días consecutivos siguientes”, a diferencia del actual texto donde se establece un plazo de cuatro años para efectuar el mencionado procedimiento comicial.
A Velásquez no le parece descabellado que ambos proyectos puedan fusionarse, tal como hizo la MUD con el proyecto de ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, para que un solo texto sea discutido y aprobado por la mayoría parlamentaria que hoy ostenta la oposición venezolana.
Nuevo Presidente el 10 de enero
“Los cambios de normativa constitucional son de aplicación inmediata”, responde el dirigente político a los abogados constitucionalistas pro gobierno que afirman que de aprobarse el referendo, la enmienda no cuenta con retroactividad y por ende debe comenzar a ejecutarse al culminar el mandato de Maduro en el año 2019.
El político exhorta a la Unidad a tratar como “tema de urgencia” la discusión de los mecanismos “para no perder más tiempo y activar el cambio que reclama la gente, para que el 10 de enero de 2017 tengamos un nuevo Presidente”, insistió.
El mayor obstáculo
El principal argumento de quienes no votan por la enmienda como ruta para un nuevo sistema de gobierno, traen a discusión el artículo 346 de la CRBV, donde se expresa que la enmienda debe ser promulgada por el Presidente.
Podría ser un obstáculo si se toma en cuenta que el mandatario nacional ya manifestó no estar de acuerdo con la modificación del texto constitucional y en caso de que la oposición opte por esta alternativa y gane la consulta; Maduro podría parar la ejecución de la enmienda por vía del Poder Judicial o promover que sea válido el recorte del mandato solo a partir de finalizada su gestión.