Constitución y cárceles

Si en Venezuela logramos que se cumpla con lo que dice nuestra Constitución, nuestro sistema penitenciario funcionará mejor y no se nos catalogará de tener uno de los peores del mundo

La Constitución venezolana desde 1999 incluyó en su contenido el tema penitenciario, poco se sabe al respecto, y si lo establecido en el texto constitucional se cumpliera a medias, el sistema penitenciario venezolano, no estuviera entre los últimos de la lista y fuéramos un ejemplo ante el mundo.

Nuestra Constitución nacional establece en su artículo 272 lo siguiente: “El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos. Para ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación; funcionarán bajo la dirección de penitenciaristas profesionales con credenciales académicas universitarias y se regirán por una administración descentralizada, a cargo de los gobiernos estatales o municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización. En general, se preferirá en ellos el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias. En todo caso, las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria. El Estado creará las instituciones indispensables para la asistencia pospenitenciaria que posibilite la reinserción social del exinterno o exinterna y propiciará la creación de un ente penitenciario con carácter autónomo y con personal exclusivamente técnico”.

El que en nuestra Carta Magna se incluyera el tema penitenciario se lo tenemos que agradecer al doctor Elio Gómez Grillo, hoy en día reconocido como el padre del penitenciarismo moderno en Venezuela, por los grandes aportes que dio a la lucha por la dignidad de nuestras cárceles y el respeto a los derechos humanos de los privados de libertad.

Son grandes los avances en el tema penitenciario que se encuentran establecidos en nuestra Constitución, creo que los más trascendentes son la descentralización penitenciaria, la profesionalización del personal de prisiones, las modalidades de privatización y la atención pospenitenciaria, esto sin olvidar que la función de las cárceles es reinsertar a las personas que entran a estos establecimientos a la sociedad, si no se logra reeducar a las personas que ingresan a las cárceles, se puede considerar que el sistema penitenciario es un fracaso.

Si en Venezuela logramos que se cumpla con lo que dice nuestra Constitución, nuestro sistema penitenciario funcionará mejor y no se nos catalogará de tener uno de los peores del mundo.

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