Defensor del Pueblo solicita al TSJ aclaratoria de sus funciones

Tarek William Saab interpuso la solicitud ante el TSJ este martes 13. (Foto: AVN)

Tarek William Saab acudió este martes a la sede del Poder Judicial para interponer un recurso de interpretación ante la Sala Constitucional en el que solicita asistir “sin limitaciones” a las víctimas en violaciones de derechos humanos

El defensor del Pueblo, Tarek William Saab, introdujo este martes un recurso de interpretación ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en el cual solicita la aclaratoria de las atribuciones de ese órgano del Poder Ciudadano, especialmente frente al acceso a información solicitada sobre casos de derechos humanos.

Dicha solicitud fue introducida debido a diversas interpretaciones realizadas por los órganos de administración de justicia en las que se ven limitadas las atribuciones de la Defensoría, consagradas en los artículos 280 y 281 de la Constitución, en concordancia con los artículos 2, 4, 15 y 66 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y normas establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal.

"Se han generado distintas interpretaciones de operadores del sistema de justicia, es decir, Ministerio Público, tribunales de la República, órganos de administración penal, de los auxiliares y funcionarios del sistema de justicia, del Sistema Penitenciario, que en base en una interpretación libre pudiesen de manera inconsciente limitar la actuación nada más y nada menos que de la institución nacional de derechos humanos, que es la Defensoría del Pueblo", indicó el defensor del Pueblo, en transmisión de Venezolana de Televisión.

La Defensoría, de acuerdo con la jurisdicción venezolana, tiene cualidad inherente de investigar violaciones de derechos humanos, lo que implica acceso a actas, presenciar procedimientos en materias civil y penal, asistir en lugares de reclusión, entrevistar testigos, entre otras atribuciones.

Además de esto, la Defensoría también puede asistir a la persona ofendida, tal como lo establece el artículo 124 y 286 del Código Orgánico Procesal Penal.

Precisó que dicha aclaratoria, además de fortalecer el rango de acción de la Defensoría del Pueblo, permitirá que ciudadanos que no tienen recursos económicos puedan ser defendidos por este órgano del Poder Ciudadano.

Saab se refirió a la petición de la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, de un antejuicio de mérito a los magistrados del TSJ y expresó su rechazo a la solicitud argumentando que durante el nombramiento no se presentó alguna objeción. 

“Los tres titulares del poder ciudadano asistimos para la pre designación de los magistrados, estoy extrañado que haya polémica sobre algo que es constatable. Al decirse algo falso, ya lo demás se contamina. La reunión se dio en términos fraternos el día 16 de diciembre del 2015. Allí ninguno de los tres titulares del Poder Ciudadano se opuso a la designación de los magistrados”.

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