La Comisión para los Derechos Humanos de; estado Zulia, Codhez, interpone un Amparo Constitucional en contra del Tribunal 10° de Control del estado Zulia por impedir la defensa plena de una víctima de tortura. Esta situación puede crear un peligroso precedente de obstaculización de la participación de las víctimas en los procesos judiciales.
En el 2017, la Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia (Codhez) registró un caso de tortura sexual de un joven estudiante detenido el 20 de julio de 2017 durante una protesta en las adyacencias de la sede de la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec) del sector Amparo, en la ciudad de Maracaibo y desde ese momento, la organización ha efectuado la defensa legal de la víctima.
Tras ser diferida en más de siete ocasiones, la audiencia preliminar será realizada el 5 de diciembre de 2018, pero el juzgado penal ha negado reiteradamente las solicitudes de las copias certificadas del expediente a los representantes legales de la víctima. Con esta acción, se ha vulnerado el derecho de esta a disponer del tiempo y de los medios adecuados para defenderse, además de su condición de parte en el proceso.
Por este motivo, Codhez interpuso un Amparo Constitucional en contra del Tribunal 10° de Control del Estado Zulia, a cargo de la jueza María de los Ángeles Ruiz Rivero, que ha obstaculizado la defensa plena de una víctima de tortura sexual al negar las copias certificadas del expediente a sus abogados.
Asimismo, esta situación representa un hecho alarmante porque puede crear un precedente peligroso de obstaculización de la participación de la víctima en el proceso y evitar cualquier actuación de la defensa donde sea preciso anexar copias del expediente. El criterio del juzgado evidenciado en esta acción resulta contrario al nuevo paradigma procesal penal según el cual la víctima debe ser parte del proceso y conocer de los pormenores de su caso para tener una defensa completa.
En la acción de amparo constitucional, se solicitó la notificación de la Defensoría del Pueblo, debido a que la actuación de este tribunal evidencia criterios regresivos relacionados a la participación de las víctimas en casos graves de violaciones a los derechos humanos. A su vez, también se notificó a la Comisión Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes y a la Inspectoría de Tribunales.
Desde Codhez expresamos nuestra preocupación por la actuación judicial del Tribunal 10° de Control del Estado Zulia y por las suspensiones reiteradas de las audiencias que derivan en el retardo procesal. Por tal motivo, exigimos que se declare con lugar el otorgamiento de copias certificadas del expediente a la defensa de la víctima y demandamos la realización de un juicio justo, sin más dilaciones, que permita la reparación de los derechos de la víctima y sus familiares, así como el castigo a los responsables. Lo contrario, sería propiciar la multi victimización y la impunidad.
Recordamos que estamos ante un caso de tortura en perjuicio de un joven estudiante que sigue siendo víctima de múltiples violaciones a sus derechos humanos. La determinación de la verdad en este caso no solo está destinada a la reparación de los derechos de la víctima y sus familiares, sino que posee una dimensión colectiva, ya que el Estado está obligado a sancionar violaciones a los derechos humanos, así como es su obligación investigar, prevenir y educar para erradicar la tortura en nuestro país.