jueves, noviembre 21, 2024

El 15 de diciembre serán las elecciones para escoger a 30 mil jueces comunales

El presidente de la Asamblea Nacional electa 2020, Jorge Rodríguez, explicó que se dispondrá un centro de votación por circuito comunal el día de las elecciones promovidas por el Gobierno. Se activará el Plan República

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Los venezolanos elegirán un total de 30 mil “jueces de paz” comunales en unas elecciones que se celebrarán el próximo 15 de diciembre, informó este miércoles 20 de noviembre el presidente de la Asamblea Nacional (AN) electa 2020, Jorge Rodríguez, quien ofreció detalles sobre estos comicios promovidos por el oficialismo.

El también vicepresidente de Asuntos Electorales del gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) explicó que se escogerán tres “jueces de paz” y a sus respectivos suplentes en cada uno de los 5 mil circuitos comunales definidos, para un total de 30 mil, la mitad de ellos principales.

Se habilitará un centro de votación por circuito comunal el día de los comicios, que contará con “el auxilio” del Consejo Nacional Electoral (CNE) y que será custodiado por efectivos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb), a través del llamado Plan República.

En un acto transmitido por el canal VTV, Rodríguez señaló que los venezolanos mayores de 15 años de edad están convocados a votar en los comicios, cuyos candidatos pueden ser postulados por “los consejos comunales, las asociaciones de vecinos o por iniciativa propia”.

Indicó que se instalarán comisiones electorales en cada circuito comunal, que se encargarán, entre otras tareas, de difundir el cronograma, que contemplará una campaña prevista hasta el 13 de diciembre, así como de proclamar a los ganadores el mismo día de la contienda.

La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Caryslia Beatriz Rodríguez, expresó que esta “es la vía” para “acercar la justicia al pueblo, a la gente”, que “llegue al territorio” y que los habitantes “no la vean como algo lejano”.

El “juez de paz” es una figura establecida en la recientemente reformada Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal, quien tiene la potestad de “conocer los conflictos o controversias” en “su ámbito local territorial” que les “hayan sido confiados para decidir”.

Además, “podrán dictar medidas preventivas de urgencia en aquellos casos que sean indispensables para prevenir, reducir o eliminar los riesgos de daños irreparables que la controversia o el conflicto puedan causar”.

El aspirante a juez de paz no puede “pertenecer a la directiva de alguna organización política, gremial o sindical, ni ser vocera o vocero de alguna organización” ciudadana y, en caso de resultar electo, debe renunciar a “dicha condición”.

Fuente: EFE

 

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