Estado de excepción “propicia la violencia” al enfrentar “pueblo contra pueblo”

El numeral 9 del artículo 2 del decreto de estado de excepción y emergencia económica, publicado el pasado viernes en Gaceta Oficial, enciende la mecha de la violencia al otorgarle al Estado la competencia de dictar medidas, cuando “considere conveniente”, para que los civiles asuman el orden público con los organismos de seguridad

El numeral 9 del artículo 2 del decreto de estado de excepción y emergencia económica, publicado el pasado viernes en Gaceta Oficial, enciende la mecha de la violencia al otorgarle al Estado la competencia de dictar medidas, cuando “considere conveniente”, para que los civiles asuman el orden público con los organismos de seguridad.

“Lo más grave es que propicia el enfrentamiento pueblo contra pueblo”. Así lo consideran expertos en derechos humanos, quienes aseguran que tal disposición atenta contra la Constitución, que desde un principio, solo otorga las facultades de control a los entes policiales y militares.

“Lo más grave es que promueve un enfrentamiento pueblo contra pueblo. Estamos hablando de que un vecino puede detener a otro vecino si este protesta o si genera algún desorden, por ejemplo, en una cola para comprar comida, o porque le falta la luz, o porque no tiene agua”, dijo Marino Alvarado, activista de derechos humanos y exdirector de Provea, en entrevista telefónica con La Verdad.

Indicó que la normativa autoriza a “grupos paramilitares progobierno” que se organizaron con los cuerpos policiales para reprimir las protestas del año 2014.

Gonzalo Himiob, directivo del Foro Penal Venezolano (FPV), indicó que uno de los principales aspectos es que hay una renuncia directa del control de situaciones extremas por parte de los entes de resguardo para colocarlas en manos de civiles.

“Los civiles no están preparados para asumir el orden público, más bien se pueden generar abusos. Eso es muy grave. Además, se rompe el hilo constitucional que solo da esta función a los policías y militares”.

Señaló que el decreto incluye a los consejos comunales, y que estos, en su mayoría, son “brazos políticos” del Gobierno, por lo que actuarían sesgadamente caldeando los ánimos de la ciudadanía. Sería una intervención política. Subrayó que la mejor recomendación, es eliminar esta disposición, que solo agravaría la crisis social en el país.

Decreto de estado de excepción

Numeral 9 del artículo 2: “Atribuir funciones de vigilancia y organización a los Comités Locales de Abastecimiento y Distribución (CLAP), a los consejos comunales y demás organizaciones de base del poder popular, conjuntamente con la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Policía Nacional Bolivariana, Cuerpos de Policía estadal y municipal, para mantener el orden público y garantizar la seguridad y soberanía en el país”.

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