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La Asamblea Nacional se preparaba para promulgar su primera ley pero el Ejecutivo hizo su jugada silenciosa. Ayer, cuando todo parecía listo para que, sin el ejecútese del Presidente, el Parlamento apelara a la Constitución para colocar en vigencia la reforma parcial de la Ley del Banco Cenetral de Venezuela, la estatal Agencia Venezolana de Noticias divulgó una información en la que señala que el texto legal está en manos del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
Según la nota, el presidente Nicolás Maduro envió el pasado 17 de marzo a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el proyecto de reforma a la Ley del Banco Central de Venezuela para que evalúe la constitucionalidad del texto que fue sancionado el 3 de marzo por la AN.
La acción del jefe de Estado “no fue notificada al Poder Legislativo”, según informó a La Verdad Enrique Márquez, vicepresidente de la AN.
Maduro se ampara en el artículo 214 de la Constitución, que establece que “cuando el Presidente o Presidenta de la República considere que la ley o alguno de sus artículos es inconstitucional solicitarán el pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en el lapso de 10 días que tiene para promulgar la misma”.
La Carta Magna estipula para el TSJ un lapso de 15 días “contados desde el recibo de la comunicación del Presidente”, por lo que la Sala Constitucional tiene hasta el 15 de abril para emitir su veredicto. Si la Sala Constitucional “negare la inconstitucionalidad invocada o no decidiere en el lapso anterior”, Nicolás Maduro debe por mandato constitucional promulgar la ley.
Aún se desconoce qué aspectos de la ley son considerados “inconstitucionales” por el Ejecutivo.
A pesar de conocerse la decisión del Presidente de remitir la Ley del Banco Central de Venezuela al TSJ, la directiva de la AN comenzó a definir junto a los asesores jurídicos del Parlamento, cuáles son los pasos a seguir para proceder a la publicación en Gaceta Oficial de la reforma parcial de la ley.
En guerra avisada…
Con apenas 24 horas de instalada la nueva Asamblea Nacional, el diputado Diosdado Cabello develó la estrategia que, junto al Ejecutivo, aplicaría el bloque de la patria para neutralizar las decisiones del Poder Legislativo, ahora dominado por la mayoría de la Mesa de la Unidad Democrática.
Hoy cobran sentido las palabras pronunciadas por Cabello el 7 de enero, a las afueras del hemiciclo de sesiones: “Esta Asamblea no podrá mandar nada a Gaceta Oficial… no podrán publicar ninguna ley, nadie les va a parar”.
Agenda parlamentaria
A las 2.30 de la tarde se reanuda la actividad del Parlamento con la sesión que tiene como único punto en el orden del día, el debate sobre el exhorto que realizó el papa Francisco en favor del diálogo y la paz en Venezuela.
¿Qué contiene la reforma?
El proyecto de la MUD revierte los cambios hechos por el presidente Nicolás Maduro en la Ley del BCV, vía habilitante en diciembre de 2015, para que:
- La AN pueda participar en la designación de dos de los miembros del directorio del BCV.
- Evita que algunos funcionarios oculte los índices macroeconómicos del país por considerarlos información “secreta o confidencial”.
-. Impide que el instituto emisor pueda ser utilizado como financista del Gobierno sin control de ningún órgano contralor.