Golpe de Estado podría ser “judicial”

El diputado Juan Andres Mejias camina en las inmediaciones de la AN en medio de humo luego que detonaran un fuego artificial (Foto: EFE)

Dos analistas responden a La Verdad las interrogantes que surgen a partir de ahora, con la lucha de poderes entre el Ejecutivo, acompañado de su minoría en la Asamblea, y los diputados de la MUD

La confrontación entre el Legislativo y los Poderes en manos del chavismo pica y se extiende. La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) respondió a las peticiones hechas por la bancada oficialista de la AN y ordenó la desincorporación de los diputados electos en Amazonas, mientras el chavismo amenaza a la oposición con la supuesta “omisión” que según Diosdado Cabello daría facultades legislativas a la Sala Constitucional.

Dos analistas responden a La Verdad las interrogantes que surgen a partir de ahora, con la lucha de poderes entre el Ejecutivo, acompañado de su minoría en la Asamblea; y los diputados de la MUD. Román Duque Corredor, exmagistrado; y José Vicente Haro, experto constitucional, coinciden en su respuesta: Si la Sala Constitucional llegara a tomarse atribuciones del Parlamento estaría Venezuela en presencia de “un golpe de Estado ejecutado por el TSJ”.

Haro explica que, en caso de concretarse la teoría del oficialismo, en base la interpretación del artículo 336, numeral 7 de la Constitución, “el recurso por omisiones legislativas solo funciona frente a casos concretos, en la omisión de dictar leyes por un tiempo excesivamente largo, leyes previstas en la Constitución”, y en todo caso el proceder de la Sala será “ordenar a la AN decretar la ley correspondiente y no legislar en su nombre”. 

Román Duque Corredor agrega que, basado en la Constitución, “ninguna Sala puede ejercer funciones ni legislativas ni ejecutivas, eso sería una violación a una regla fundamental que es la separación e independencia de los poderes y repito, un golpe de Estado, un golpe judicial contra la institucionalidad”.  Haro agregó: “Si lo hace está incurriendo en una grave usurpación de funciones de las atribuciones que son constitucional, privativa y exclusivamente de la AN”.

“Inejecutable” 

El exmagistrado insiste en que, la orden de la Sala Electoral del TSJ es “inejecutable” y por lo tanto no debe considerarse el supuesto desacato al TSJ. “Esa Sala ordenó suspender actos que ya estaban ejecutados, desde la totalización de los resultados hasta la proclamación, es imposible acatar esa sentencia”.

Según exponen los expertos, la directiva de la Asamblea Nacional tampoco está en capacidad  desincorporar a los tres parlamentarios impugnados ya que vulnerarían los artículos 187 -numeral 20- y 200 de la Constitución, referente a la calificación los miembros de la AN y que los ciudadanos electos como diputados gozan de inmunidad desde el momento de la proclamación. "Solo pueden ser despojados de su condición por un allanamiento de la inmunidad parlamentaria que exige la aprobación de dos terceras partes de los diputados”, precisó Haro.

¿Vacío de Poder en la AN?

La posibilidad de una declaratoria de vacío de poder en el hemiciclo de sesiones, es totalmente “improbable, imposible, inconstitucional e ilegal” para el exmagistrado Román Duque Corredor. El jurista asegura que por la situación en la que están involucrados cuatro diputados (3 opositores juramentados y uno del PSUV) “nadie puede pasar por encima de los derechos de los 163 diputados en funciones, ellos están ahí, no hay como aplicar un vacío de poder”.

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