La Fiscalía Regional de Antofagasta, al norte de Chile, condenó este martes 8 de abril a dos imputados chilenos y un venezolano, por un homicidio perpetrado el 31 de julio de 2023 en la plaza Teniente Merino de la ciudad.
El ataque causó gran conmoción por la proximidad con dichos establecimientos y porque, a la hora de los hechos, cientos de alumnos y profesores se encontraban en las salas de clases.
Por este crimen, el venezolano Yoxander Leonel Rangel Pereira y el chileno Buddy Williams Escudero Belma fueron condenados a la pena de cadena perpetua, mientras que el también chileno Francisco Javier Alfaro Pérez, recibió 17 años de cárcel, como autores del delito de homicidio calificado.
Además, Rangel Pereira fue condenado a 4 años de prisión en su grado máximo por el delito de porte o tenencia ilegal de arma de fuego.
Homicidio en Antofagasta
Según pudo acreditar la Fiscalía, la mañana de ese día, los imputados, previamente concertados para cometer el delito de homicidio, se trasladaron en automóvil desde Taltal a Antofagasta, para reunirse con la víctima, bajo el pretexto de realizar una transacción de drogas y entregar un chaleco antibalas.
Durante el encuentro, que se realizó cerca de las 11.15 de la mañana, hora local, en la plaza Teniente Merino, Rangel Pereira se acercó a la víctima y le disparó en varias ocasiones por la espalda, para posteriormente huir todos en el automóvil, conducido por Alfaro Pérez.
La víctima fue trasladada al Hospital Regional de Antofagasta, donde falleció horas después a causa de una hipovolemia aguda provocada por heridas que lesionaron su arteria aorta abdominal.
Los acusados fueron detenidos el 7 de agosto de 2023 en Taltal, tras una rápida investigación que permitió identificar el automóvil que se empleó en el ilícito.
Sentencia
La sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta manifiesta que “este análisis, complementado con las pruebas materiales y testimoniales, consolidó la conclusión de que los acusados actuaron con alevosía, sobreseguros y de manera deliberada y organizada (…)”.
El fallo agrega que, no reuniendo los sentenciados ninguno de los requisitos contemplados en la Ley 18.216, una vez ejecutoriada la sentencia, las penas impuestas deberán cumplirse de manera efectiva, contando a su favor el tiempo que permanecieron en prisión preventiva.
Los condenados disponen ahora de un plazo para recurrir en contra de la sentencia del Tribunal.
Fuente: BioBio Chile
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