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El Ejecutivo exoneró de impuestos de aduana la importación de 46 rubros de primera necesidad, citando para tal fin el artículo 127 de la Ley Orgánica de Aduanas, reformada en noviembre del año 2014.
De acuerdo con portales de noticias, se trata de una resolución conjunta de los ministerios de Alimentación, Agricultura y Tierras, Comercio, Economía y Finanzas y el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex). En el texto se califica a estos 46 productos como rubros de primera necesidad y de consumo masivo, y establece que los interesados en adquirirlos deberán obtener igualmente un certificado de no producción nacional y una autorización de la Intendencia Nacional de Aduanas del Seniat. Este documento se emitirá por cada embarque que se introduzca al país.
Algunos de los alimentos que se encuentran en la lista el café, azúcar, arroz, aceite, atunes, palmito, carne, leche, entre otros.
Las empresas que importen productos terminados deberán notificar a las autoridades cuáles serán los comercios donde serán expedidos para el mercado nacional.