
La
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró nula la “Comisión Especial para el Rescate de la Institucionalidad del Tribunal Supremo de Justicia” de la Asamblea Nacional, así como el acto de su creación, acciones desplegadas por la misma, informes y demás instrumentos por ella producidos, por “carecer de validez, existencia y eficacia jurídica”.
La comisión había presentado ante la plenaria de la Asamblea Nacional el pasado 14 de julio un informe en el que recomienda al Parlamento dejar sin efecto el proceso de selección de los magistrados del TSJ que culminó en diciembre de 2015, además de designar un Comité de Postulaciones Judiciales para seleccionar nuevos magistrados.
La sentencia N° 614 del 19 de julio de 2016, con ponencia de su presidenta, la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, anuló el acto parlamentario y declaró que cualquier comisión, artificio o acción que tenga por objeto anular la designación de los magistrados y magistradas, es írrito, nulo de toda nulidad y carente de validez, ya que subvierte el procedimiento constitucional para la remoción de magistrados del TSJ.
La Sala Constitucional señaló que el acto parlamentario dictado en la sesión del 23 de diciembre de 2015, en el que fueron designados y juramentados 34 jueces, conserva su total validez y que éstos permanecerán en sus cargos para el periodo constitucional correspondiente, por lo cual ordena a la junta directiva de la Asamblea Nacional y a los diputados involucrados en las acciones señaladas en la presente sentencia, acatar el orden dispuesto en la Constitución.