Reducción de 2 % de IVA puede aplicarse para enero

Foto: Archivo

“Cuando por seguridad jurídica se hace un cambio, el Código indica que es aplicable al período que se inicia después de su publicación en Gaceta Oficial” y aún la información oficial no se publica, advirtió Romer Barboza, analista contable

El Código Orgánico Tributario establece los períodos para la aplicación de pago de impuestos. Para los casos en que ocurra anual será una declaración al final de año. “Para los tributos cuya determinación o liquidación es periódica, se entenderá que el hecho imponible se produce al finalizar el período respectivo”. Este es el caso del Impuesto al Valor Agregado, que desde 2009 pecha a los contribuyentes con 12 por ciento del importe en compras de bienes y servicios.

Con la reciente medida adelantada por el Gobierno de reducir dos puntos la alícuota de impuestos directos por consumo que hacen los venezolanos, “como estímulo para el uso de las operaciones de banca electrónica” instruyéndose al Seniat y Sudeban para la aplicación, la rebaja sería “aplicable al mes de enero”, advierte Romer Barboza, analista contable. Y es que “cuando por seguridad jurídica se hace un cambio, el Código indica que es aplicable al período que se inicia después de su publicación en Gaceta Oficial” y aún la información oficial no se publica. 

“Pareciera como una medida muy coyuntural”, acentúa, Maribí Boscán, economista. Los escenarios pueden estar vía contribuyente con ajuste de la ley del IVA o un beneficio directo a los consumidores finales, pero las empresas y comercios “cómo quedarían con el pago a proveedores” y el tributo ocasionado, reflexiona.

Si a los bancos se les ordena hacer directamente el abono a cuenta de los usuarios por reducción de dos puntos, “cómo saber que ese pago (ocasionado y con rebaja) trae IVA”, cuestiona Barboza. “No existe manera de saberlo porque hay es un monto total”, aclara. El IVA tiene detalles precisos de cuáles productos o servicios son sujetos de tributo. Solo en la factura interna y registro del comercio o negocio están desglosados y no el movimiento que gira la entidad financiera.

Roxana Meleán Romero, analista en gestión de empresas, resalta que la política apunta a “beneficio social” al pueblo, sin considerarse qué pasará con las empresas. “Se incentivan a los puntos de venta como estrategia del Gobierno, pero qué hay de tras fondo”. Qué pasará con las estimaciones realizadas en los sectores empresariales. “Esta es una medida poco planificada. Hay que ver la punta del hilo del entramado de decisiones” venideras.

Barboza considera que dentro del decreto de crisis económica, otorgando poderes especiales al Presidente de la República, se dan cambios que quizás en teoría pueden ser “favorables” pero en la práctica es diferente. Una modificación de la ley estaría dentro de las disposiciones permitidas en emergencia. Los ajustes de alícuota más recientes fueron en 2007 que disminuyó de 11 a nueve por ciento, aplicado desde julio. El 1 de abril de 2009 subió tres puntos, fijándose en 12, según publicación en Gaceta 39.147 del 26 de marzo.

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