Sala del TSJ declara inadmisible aclaratoria solicitada por Fiscal

(Foto: Archivo)

Según el expediente N° 2017-0428 los magistrados respondieron que el presidente de la República “puede dictar actos de rango sublegal en ejecución de leyes” y por esto desestimaron la demanda en la que argumentaban que Maduro no está facultado para convocar la constituyente y que incurrió en la usurpación de funciones al hacerlo

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible por falta de legitimación la solicitud de aclaratoria de la sentencia N° 378 interpuesta por la Fiscal General de la República contra la constituyente propuesta por el presidente venezolano Nicolás Maduro. 

En la sentencia para declarar inadmisible la solicitud se argumentó que la solicitud, por no realizarse por una acción popular sino por la propia Fiscal, podría significar un interés general o particular. 

El TSJ reconoce las competencias del Ministerio Público en materia penal, pero señala que la Fiscalía General no tiene atribución legal para pedir aclaratoria sobre una sentencia del máximo tribunal en un caso en que no fue parte.

En el texto además se explica que “vista la declaratoria de inadmisibilidad de la misma, resulta inoficioso emitir pronunciamiento al respecto, además que no es jurídicamente viable, por cuanto el ordenamiento jurídico no contempla dicha figura en los casos en que se solicita la aclaratoria de una sentencia”.

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