Seis mitos de la vigilancia en Venezuela

 

El servicio y los empresarios, tienen sus detractores y quienes justifican su apoyo basados en experiencias pasadas y conocimientos no siempre realistas y actualizados. De allí que se mantengan algunos mitos alrededor del tema, sobre los cuales es conveniente hacer algunas aclaratorias

Una de los más antiguos sectores de la seguridad en Venezuela es el de la vigilancia privada. Fundamentado en la gestión de recurso humano, ha pasado a ofrecer servicios bajo la denominación del que era antiguamente conocido como “guachimán” (del inglés “whatchman”) hasta coordinadores de control, guardianes de protección y otro tipo de denominaciones más o menos similares. 

El servicio y los empresarios, tienen sus detractores y quienes justifican su apoyo basados en experiencias pasadas y conocimientos no siempre realistas y actualizados. De allí que se mantengan algunos mitos alrededor del tema, sobre los cuales es conveniente hacer algunas aclaratorias.

Cualquiera es vigilante. Es una de las opiniones más generalizadas debido a la ligereza de algunas empresas en las prácticas de contratación de su personal. Así como existen quienes cumplen rigurosos requisitos para formalizar la relación laboral, hay quienes, por cubrir un servicio, contratan cualquier persona sin importar su edad, condición de salud o experiencia previa en seguridad. Los casos de éxito en América Latina, indican que no sólo se trata de cumplir los requerimientos legales que cada país tenga vigente, sino que el valor agregado de la capacitación permanente es vital.

Vigilante multiuso. El cargo por lo general, implica funciones de seguridad cuya complejidad puede variar dependiendo de varios factores. Con frecuencia algunos clientes desean que el trabajador brinde “algún apoyo adicional aprovechando que está ocioso”. Es cuando vemos vigilantes cargando las bolsas del mercado, pintando paredes, lavando automóviles o arreglando jardines, entre otras funciones. Esas distracciones en varias oportunidades son aprovechadas por los delincuentes para llevar adelante sus acciones. Vale ratificarlo, distorsionar las funciones y responsabilidades tiene un alto costo: la exposición del trabajador y su cliente a diversos riesgos.

Vale contratar la empresa “más barata”. Aquí cabe el viejo refrán “lo barato sale caro”. Toda empresa de vigilancia privada en Venezuela debe contar con la autorización formal, de entre otros, la Dirección de Armas y Explosivos (DAEX), adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, y del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia. Ello implica, el cumplimiento de una serie de requisitos en cuanto a normativas, laborales, infraestructura y operaciones, entre otras. Las empresas de maletín están fuera de la ley y las consecuencias en caso de un evento pueden generar una corresponsabilidad que alcanzaría al contratante.

Si no está armado no es útil. Hay varios argumentos en contraposición a esta errada idea. Si un vigilante debe o no estar armado y el tipo de arma de fuego que legalmente puede portar, se determina considerando profesionalmente una serie de aspectos de carácter técnico. Por tanto, no debe ser fruto de una solicitud o propuesta subjetiva de ninguna de las partes. Los servicios de vigilancia privada son esencialmente preventivos y el uso del arma de fuego es el último recurso a utilizar en casos extremos. Por otra parte, hay que recordar que el vigilante es sólo una de las cuatro bases de todo sistema de seguridad que debe incluir equilibradamente consideraciones en tecnología, infraestructura, normas y procedimientos. Lamentables casos han ocurrido cuando el vigilante fallece a manos de delincuentes que, determinando una debilidad en la integridad del trabajador, buscan apropiarse del arma de fuego que porta.

La vigilancia es la responsable final de robos, hurtos y otros delitos. Toda implementación de un servicio de vigilancia privada independientemente de su alcance, debe estar formalizada mediante un contrato. En el mismo, deben quedar establecidas y acordadas entre las partes, todas las pautas administrativas, normativas y operativas. Las empresas deben contar con pólizas de seguros de diversa naturaleza. Aquellas que incluyen casos de hurtos y robos, incorporan requisitos a cumplir tanto por la contratista como por el cliente o contratante. Por tanto, todo evento que ocurra en las instalaciones del cliente no necesariamente va a contar con la cobertura total y automática de la empresa de vigilancia. Así mismo, hay casos donde la contratista puede decidir no iniciar o suspender los servicios, si el cliente no implementa o mantiene otras consideraciones de seguridad que impactarán en las vulnerabilidades.

Cualquier ubicación y horario es bueno para el vigilante. Leyes vigentes exigen el cumplimiento de condiciones que eviten la exposición del trabajador a diversos riesgos. Facilidades tales como iluminación, mobiliario, sala sanitaria, agua potable, comunicaciones y protección a los elementos atmosféricos, inciden directamente en el rendimiento y calidad del servicio.

Toda contratación que implique la seguridad de bienes y personas, debe contar con la participación activa de quien contrata para minimizar impactos negativos y evitables.

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