Tribunal español avala que Pdvsa debe pagar préstamo de $33,7 millones por Corocoro

Petróleos de Venezuela (Pdvsa) y su filial CVP, deberá, pagar 33,7 millones de dólares más intereses como reembolso de un préstamo realizado por la entidad británica ConocoPhillips Gulf of Paria

Foto: Agencias

Un tribunal español reconoció el laudo arbitral internacional que condena a Petróleos de Venezuela (Pdvsa) y a su filial CVP a pagar 33,7 millones de dólares más intereses como reembolso de un préstamo para adquirir parte del yacimiento petrolero de Corocoro, que fue nacionalizado tras la concesión del crédito.

La decisión fue tomada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), según informó este martes 24 de febrero el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que recuerda que las partes implicadas accedieron desde mediados de los años noventa a someter cualquier acuerdo a la Corte Internacional de Arbitraje (CCI).

La entidad británica ConocoPhillips Gulf of Paria otorgó un préstamo a Corporación Venezolana del Petróleo (CVP) para la adquisición de una participación del 35 % de Corocoro, crédito avalado por Pdvsa.

El proyecto se desarrolló con normalidad hasta que, en 2007, el gobierno venezolano aprobó un decreto de nacionalización que afectó a varias inversiones extranjeras del sector energético, entre ellas el proyecto Corocoro.

En un principio, ConocoPhillips presentó una demanda de arbitraje internacional y llegó a reclamar más de 1.400 millones de dólares en la Corte de Nueva York por perjuicios que incluían incumplimientos contractuales, responsabilidad extracontractual, enriquecimiento injusto y otras reclamaciones.

Ese tribunal concluyó que, aunque la nacionalización de 2007 imposibilitó la continuación del proyecto en los términos inicialmente pactados, ello no exoneraba a las empresas demandadas de cumplir determinadas obligaciones contractuales previas, como la devolución del préstamo concedido para financiar la participación en el yacimiento.

De esa manera, Pdvsa y su filial tenían que devolver a ConocoPhillips la cantidad prestada más los intereses, al entender que la obligación de reembolso no quedó extinguida ni justificada por la posterior nacionalización estatal venezolana.

Debido a la falta de cumplimiento de este laudo, emitido en 2019, ConocoPhillips presentó en julio de 2024 una demanda en Madrid para obtener la homologación del laudo arbitral extranjero y hacerlo efectivo en España.

El TSJM concluye que la resolución arbitral norteamericana “cumple todos los requisitos exigidos” por la convención de Nueva York de 1958 sobre el reconocimiento y la ejecución de las sentencias arbitrales extranjeras.

Además, entre otros argumentos, la materia es “arbitrable”, se “respetaron” las garantías procesales y el reconocimiento del laudo “no resulta contrario al orden público español”, por lo que estima íntegramente la demanda de ConocoPhillips. La resolución es firme y no admite recurso, indica el CGPJ en un comunicado.

 

 

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