TSJ declara inconstitucional reforma a Ley del BCV

La reforma a la Ley del BCV descartada por el TSJ habu00eda sido sancionada por la Asamblea Nacional el pasado 3 de marzo. (Foto: AVN)

El Tribunal Supremo de Justicia consideró que la ley sancionada por la Asamblea Nacional contraviene con disposiciones de la Constitución al pretender atribuirle al Parlamento las competencias para designar, ratificar y remover a las autoridades del BCV. La normativa buscaría controlar las funciones del ente emisor

En sentencia del 31 de marzo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio del control preventivo de la constitucionalidad de las leyes, previsto en el artículo 214 del Texto Fundamental, declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Reforma Parcial del Decreto Nro. 2.179 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de La Ley del Banco Central de Venezuela.

Dicho instrumento legal fue sancionado por la Asamblea Nacional el 3 de marzo del año en curso.

El requerimiento le fue solicitado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, mediante escrito consignado el 17 de marzo. 

En su motivación, la Sala realizó un estudio comparado de las constituciones de países que consagran sus bancos centrales como instituciones públicas y autónomas concluyendo que la designación de sus autoridades corresponde al Poder Ejecutivo Nacional.

La Sala Constitucional declaró que la ley sancionada por la Asamblea Nacional contraviene lo establecido en el cardinal octavo de la Disposición Transitoria Cuarta de la Carta Magna, por cuanto la reforma pretende atribuirle al Parlamento Nacional competencias para designar, ratificar y remover al Presidente y demás directores del BCV, al margen de los preceptos constitucionales. 

Además, la Máxima Intérprete de la Constitución estableció que, con la pretendida reforma, la Asamblea Nacional incurrió en desviación de poder, al perseguir fines distintos de los constitucionalmente permitidos develándose que el objetivo buscado es tomar el control administrativo del Instituto Emisor, con lo cual se atenta en contra de la autonomía del BCV y, en consecuencia, contra la estabilidad de la economía nacional.

Dicha circunstancia resulta más gravosa cuando se pretende hacer nugatoria las atribuciones del Ejecutivo Nacional en el contexto de una emergencia económica decretada en el país. 

El presidente del Parlamento, Henry Ramos Allup, había advertido de maniobras jurídicas para declarar la nulidad del proyecto presentado ante la plenaria tildando al TSJ como un “bufete inconstitucional malandro”. 

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