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Es inconcebible, que una ley (Ley del BCV), cuya versión de noviembre de 2014 fuera para el régimen perfectamente constitucional, perdiera tanto carácter después de las elecciones parlamentarias de diciembre de 2015. Había entonces que reformarla, entre gallos y medianoche, (30/12/2015) porque el régimen había perdido la mayoría en el Poder Legislativo. Y es asombroso, que la nueva reforma hecha por la Asamblea Nacional en marzo de 2016, para volver al texto de 2014, ahora sea tildada de “inconstitucional”.
Como lo expresara José Tadeo Monagas a mitad del siglo XIX, después de su asalto al Congreso: “La Constitución sirve para todo”, sobre todo, cuando es interpretada por serviles magistrados, que solo obedecen órdenes del Poder Ejecutivo de un régimen al margen del estado de derecho. Las reformas hechas por la nueva mayoría parlamentaria, solo buscaban corregir el retroceso incorporado a esa ley después de diciembre de 2015, en las facultades de control reconocidas a la Asamblea Nacional en el artículo 319 de la Constitución. Ese artículo expresa que: “El Banco Central se regirá por el principio de responsabilidad pública, a cuyo efecto rendirá cuenta de las actuaciones, metas y resultados de sus políticas ante la Asamblea Nacional, de acuerdo con la ley”. Solo ese control permite garantizar adecuadamente la autonomía que requiere el BCV para lograr su objetivo: “la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria”.
La reforma desesperada del régimen a esa ley en diciembre de 2015, también incluyó acabar con el régimen de información y rendición de cuentas a los ciudadanos, en cuanto concierne al comportamiento de las variables macroeconómicas del país. Lo único que hizo el nuevo Parlamento entonces, fue retomar la redacción original de los artículos reformados tres meses antes y ponerlos como estaban en el decreto ley de 2014. Por ello, el país rechaza la ponencia irresponsable de un magistrado expres, sin ninguna pericia en esa materia, que ahora encuentra inconstitucionalidades que nunca el régimen había notado mientras controlaba todo el poder.
El TSJ, sin lugar a dudas, cada vez que emite una sentencia después de enero de 2016, reescribe o da “originales” interpretaciones a la Constitución de 1999. Están dejando bien clara su inspiración “monaguista”: “La Constitución sirve para todo”, lo que en última instancia significa, que no sirve entonces para nada, con un TSJ que “sirve para todo”. Esto es simplemente un nuevo asalto al Congreso en pleno siglo XXI, similar al del autócrata del siglo XIX.