La
El eco de la historia resuena con el pronunciamiento de Luisa Ortega Díaz, fiscal general de la República, quien en un sorpresivo giro rechazó las sentencias 155 y 156 con las cuales el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) despojó esta semana al Legislativo de sus competencias y a los diputados de la inmunidad.
“En dichas sentencias se evidencian varias violaciones del orden constitucional y desconocimiento del modelo de Estado consagrado en la Constitución, lo que constituye una ruptura del orden constitucional”, afirmó Ortega Díaz.
{twitter}https://twitter.com/victoramaya/status/847828224025530369{/twitter}
Su postura figura como la primera pieza clave que podría abrir paso para un proceso de declaratoria de falta grave que permitiría destituir a los magistrados del Poder Judicial. El punto radica en que para ello, requiere de la aprobación del defensor del Pueblo y del contralor general; también podría solicitar un antejuicio de mérito al presidente Nicolás Maduro.
Y es que las palabras de Ortega hacen rememorar a noviembre de 1992 cuando el fiscal general Ramón Escovar Salom, inició el antejuicio de mérito por malversación de fondos al presidente de ese entonces, Carlos Andrés Pérez. El 20 de mayo de 1993, la Corte Suprema de Justicia lo declara a lugar y al día siguiente, el líder adeco tuvo que dejar la silla de Miraflores, convirtiéndose en el único Presidente de la historia de Venezuela en ser destituido judicialmente.
“Primero hay que recalcar que la fiscal lo que hizo fue un pronunciamiento sobre la sentencia. Nunca habló de iniciar un proceso de falta grave. El artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano permite calificar si hay una falta grave por parte de los funcionarios del Poder Ciudadano o de los magistrados del TSJ, pero esto necesita, por lo menos, de dos votos que son el del defensor del Pueblo y el del contralor. Se requiere de la aprobación del Consejo Moral Republicano (CMR), compuesto por la Fiscalía, la Defensoría y la Contraloría, y esto es muy difícil que se logre. La fiscal lo pudiera solicitar, pero tanto el defensor como el contralor están totalmente cerrando filas en favor del régimen”, explicó José Vicente Haro, presidente de la Asociación Venezolana de Derecho Constitucional.
“No debe magnificarse”
En entrevista con La Verdad, el especialista dijo que la declaración de Ortega “no debe magnificarse” en el sentido de que vayan a cambiar los acontecimientos, sino que al contrario, “seguramente lo que viene es una arremetida del régimen en contra de ella. Habrán tensiones. Habría que evaluar lo que vaya sucediendo”.
Destacó que en este período, a Ortega Díaz le tocaba ser presidenta del CMR, pero que “órdenes de arriba no se lo permitieron”. En caso de una posible destitución de la fiscal, legalmente la AN es el único ente que puede hacerlo con previo pronunciamiento del CMR. La irregularidad es que la sentencia 156 de la Sala Constitucional otorga esta facultad al TSJ.
Juan Berríos, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad del Zulia (LUZ), agregó que para destituir a los magistrados por falta grave, previo respaldo del CMR, se necesita la aprobación de las dos terceras partes de la AN, algo con lo que no se cuenta por la ausencia de los diputados de Amazonas.
Precisó que la fiscal podría solicitar un antejuicio de mérito al presidente Maduro, pero que el proceso necesita pasar por el TSJ, donde no cree que actualmente cuente con respaldo.
Exhorto
José Vicente Haro exhortó al resto de los representantes de los poderes públicos a seguir el ejemplo de la fiscal Luisa Ortega. “No se puede ser indiferente frente a la violación de la Constitución, que es lo que rige la función de todos los funcionarios públicos. Especialmente me refiero a los civiles que están en condiciones de poder”.